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LAP S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (CIVIL) EN F., A, C. C/ L., A. P. Y OTRO S/ ALIMENTOS: CESE (EXPTE. 93759/2022)

La Corte Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechaza la queja por recurso de inconstitucionalidad contra una resolución que confirmó el rechazo de un pedido de suspensión del incidente de cese de cuota alimentaria, argumentando la inexistencia de sentencia definitiva o agravios constitucionales suficientes.

Cuota alimentaria Fundamentacion del recurso Arbitrariedad de sentencia Sentencia definitiva Falta de fundamentacion Costas en el orden causado Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cesacion de cuota alimentaria


¿Quién es el actor?

LAP (abogada en causa propia) y su hijo FGMA

¿A quién se demanda?

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Sala K)
- Objeto de la demanda: Recurso de inconstitucionalidad contra la decisión que confirmó la desestimación del pedido de suspensión del trámite del incidente de cese de cuota alimentaria y le impuso costas.

¿Qué se resolvió?

La Corte rechaza la queja por considerar que no existe sentencia definitiva o agravios constitucionales que habiliten la jurisdicción del tribunal, y que los argumentos de fondo de la recurrente son ajenos a la competencia del recurso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostiene que la queja fue deducida en tiempo y forma, pero no prospera porque la sentencia cuestionada no es definitiva ni equiparable a sentencia definitiva, ni la recurrente muestra que se le haya producido un perjuicio irreparable. Además, la invocación de agravios constitucionales y la tacha de arbitrariedad no son suficientes, dado que no hay un pronunciamiento definitivo que permita la revisión de la sentencia. La jurisprudencia citada confirma que la invocación de arbitrariedad o garantías constitucionales requiere un pronunciamiento definitivo, y en este caso, la decisión de la Cámara se basa en valoraciones de fondo propias de los jueces de mérito.
- Montos, fechas y citas relevantes: La resolución del recurso fue el 11/06/2025; la decisión de la Cámara fue el 16/08/2024; los informes del Fiscal y la Asesora Tutelar fueron en octubre de 2024 y octubre de 2024 respectivamente. La Corte cita Fallos: 347:2286 y doctrina de Fallos: 304:749, 306:1679, 312:311 para fundamentar la improcedencia.

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