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INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS ROMERO, NICOLAS AGUSTIN s/ AMENAZAS SIMPLES (ART. 149 BIS CPN) s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 51 en un incidente de competencia en causa por amenazas simples y conflicto de competencia. La decisión se basa en la continuidad del conocimiento del caso por parte del fuero nacional y en la necesidad de evitar revictimización de la víctima, en línea con criterios de eficiencia y perspectiva de género.

Conflicto negativo de competencia Amenazas simples Pluralidad de hechos Sobreseimiento parcial Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Eficiente administracion de justicia Mayor grado de conocimiento Competencia criminal y correccional

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La víctima (femenina, en denuncia por amenazas y violencia de género) Demandado: Nicolás Agustín Romero (expareja de la víctima) Objeto de la demanda: Determinación de la jurisdicción competente para tramitar la causa por amenazas simples y violencia de género Decisión: El Tribunal Superior de Justicia declaró competente al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 51, en atención a que allí se inició la investigación, se recibió el testimonio de la víctima, y se ha llevado a cabo toda la investigación del proceso, privilegiando la continuidad y la especialización en casos de violencia de género. La decisión considera que "los casos de violencia contra las mujeres reclaman por parte de los operadores judiciales un abordaje integral del conflicto y con perspectiva de género" y que "las particularidades del caso justifican la continuidad del proceso bajo la órbita nacional". Además, remarca que "el sobreseimiento parcial del caso en relación con algunos de los hechos no alcanza para justificar la declinatoria de competencia". La resolución también destaca que "el criterio de eficiencia y la prevención de revictimización" sustentan la decisión. Fundamentos principales: "En la presente investigación corresponde hacer primar un criterio que privilegie un servicio de justicia eficiente que atienda al grado de conocimiento e intervención ya desplegado por los órganos de la justicia nacional, que llevó a cabo toda la investigación del proceso. En esas condiciones, corresponde mantener la actuación del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 51." "Los casos de violencia contra las mujeres reclaman por parte de los operadores/as judiciales un abordaje integral del conflicto y con perspectiva de género." "El sobreseimiento parcial del caso en relación con algunos de ellos no alcanza para justificar la declinatoria de competencia." Votos: El juez Luis Francisco Lozano y la juez Inés M. Weinberg coincidieron en la declaración de competencia del fuero nacional.

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