PINEDA, MARIA PAULA c/ DISEÑOS DEPORTIVOS S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia.
Indemnizaciones por despido, multa art. 132 bis LCT, horas extra, incremento ley 25.323, certificado de trabajo
- Decisión:
- Se confirma que el despido fue injustificado.
- Se revoca la condena por la multa del art. 132 bis LCT por incumplimiento en la intimación.
- Se confirma la condena por horas extra.
- Se confirma la condena por el incremento de la ley 25.323 y la indemnización del art. 80 LCT.
- Se revoca la condena por temeridad y malicia.
- Se modifica el monto de condena a $ 1.359.162,98.
- Se imponen las costas en ambas instancias a los demandados.
- Se regulan los honorarios de los profesionales.
Fundamentos relevantes:
- Para aplicar la multa del art. 132 bis LCT se requiere una intimación previa en los términos del decreto reglamentario, lo cual no se acreditó.
- Respecto a la responsabilidad solidaria de los socios gerentes, procede por su participación personal en la dirección de la sociedad.
- La declaración de un único testigo, aun cuando sea conteste con la parte, debe valorarse con criterio estricto.
- Los intereses se actualizan por el índice de precios al consumidor más un 3% anual.
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