MARTINEZ, MYRIAM DEL CARMEN c/ ACC GROUP S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido contra sus ex empleadoras. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena solidaria de YPF Gas S.A. en los términos del art. 30 LCT. Modificó la sentencia para desechar las diferencias salariales reclamadas, aplicar correctamente la ley 25.323 y el Decreto 34/19, y ajustar el monto de condena.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La actividad de call center realizada por la actora para ACC Group S.A. formaba parte de la actividad normal y específica de YPF Gas S.A., por lo que se aplica la responsabilidad solidaria del art. 30 LCT.
- La jornada reducida de la actora se regía por el art. 198 LCT y el CCT 781/20, por lo que no correspondían diferencias salariales por jornada completa.
- Sólo procede la aplicación del incremento del art. 1 Ley 25.323 cuando se acredita empleo no registrado o defectuosamente registrado, lo que no sucedió en el caso.
- Respecto al Decreto 34/19, se aplica el incremento del 50% conforme al Decreto 886/21 vigente al momento del despido.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: