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L., L. R. c/ OBRA SOCIAL UNION PERSONAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986

La Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación apeló la liquidación de astreintes y honorarios ordenada por el juez de primera instancia. La Cámara confirmó la resolución, considerando razonable la aplicación y monto de las astreintes impuestas.

Ejecucion de sentencia Debido proceso Derecho de defensa Incumplimiento Astreintes


- Actor: L. R. L.
- Demandado: Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación
- Objeto: Cobertura de acompañante terapéutico para la Escuela Especial N° 505
- Decisión: La Cámara rechazó los recursos de apelación interpuestos por la demandada y confirmó las liquidaciones de astreintes y honorarios aprobadas en primera instancia. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La conducta reticente de la demandada en el cumplimiento de lo ordenado judicialmente justificaba la aplicación de las astreintes.
- Las presentaciones de la demandada no acreditaban un verdadero incumplimiento de sus defensas, por lo que no se verificó afectación al debido proceso.
- La demandada no acreditó el cumplimiento total de la sentencia hasta el 27/9/2024, por lo que resultaba procedente computar las astreintes hasta esa fecha.

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