PALAZZO, ANA CRISTINA c/ CO.ME.I. s/LEY DE DISCAPACIDAD
La actora promovió demanda por cobertura de prestaciones médicas para atender su discapacidad. La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia que ordenó a la obra social otorgar la cobertura integral requerida.
- Actor: Ana Cristina Palazzo
- Demandado: Fundación CO.ME.I.
- Objeto: Cobertura de prestaciones médicas para atender discapacidad por enfermedad de Parkinson
- Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo ordenando a la obra social brindar cobertura integral de cuidadores domiciliarios, enfermería, kinesiología, fonoaudiología, terapia ocupacional, medicamentos y traslados.
- Fundamentos:
- La acción de amparo es procedente para resguardar el derecho a la salud, reconocido en la Constitución Nacional y tratados internacionales.
- La obra social está obligada a brindar la cobertura integral prevista en la ley 24.901 para personas con discapacidad.
- La prescripción médica debe ser atendida, siendo el profesional tratante quien define las prestaciones necesarias.
- Los valores del Nomenclador son referenciales, debiendo otorgarse la cobertura integral cuando los servicios son provistos por la propia obra social o entidad de salud.
- Cuando se recurre a prestadores ajenos a la cartilla, la cobertura se asimila a los módulos y valores del Nomenclador, con un adicional por grado de dependencia.
- Procede la cobertura integral de los medicamentos indicados por el médico tratante.
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