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RIERA, MATIAS RICARDO c/ OSDE s/PRESTACIONES MEDICAS

Los actores promovieron demanda por cobertura de prestaciones médicas para sus hijos menores con diagnóstico de autismo. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a la obra social brindar la cobertura integral de las prestaciones indicadas por los profesionales tratantes.

Derecho a la salud Personas con discapacidad Cobertura medica Seguridad social Equinoterapia Acompanante terapeutico Tratamiento multimodal Musicoterapia.


- Actores: Matías Ricardo Riera, en representación de sus hijos menores J.I.R. y J.P.R.
- Demandado: OSDE
- Objeto: Cobertura de acompañante terapéutico, equinoterapia, musicoterapia y traslados para los menores con diagnóstico de autismo.
- Decisión: Se hizo lugar a la demanda. El tribunal consideró que las prestaciones indicadas por los profesionales tratantes y avaladas por el Cuerpo Médico Forense deben ser cubiertas por la obra social, en virtud del derecho a la salud y la especial protección de las personas con discapacidad. Confirmó la sentencia de primera instancia.
- Fundamentos principales:
- El derecho a la salud es un derecho implícito y está reconocido en tratados internacionales con rango constitucional.
- La ley 24.901 establece la obligación de las obras sociales de brindar las prestaciones básicas de rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad.
- El Cuerpo Médico Forense avaló la necesidad de las prestaciones indicadas por los profesionales tratantes, por lo que no se justifica apartarse de sus conclusiones.
- Debe priorizarse el interés superior del niño al resolver sobre la cobertura de prestaciones de salud.

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