SOLIS, LINO c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó la actualización del capital indemnizatorio y la aplicación de intereses.
Cobro de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia. Se ordena actualizar el capital indemnizatorio según la variación del índice RIPTE desde la fecha de la primera manifestación invalidante hasta la liquidación definitiva, y se aplica un interés moratorio puro del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación. Luego se aplicará el interés establecido en la ley.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara considera que las indemnizaciones por accidentes de trabajo tienen un sistema especial de valorización, establecido en el Decreto 669/2019 que modificó el art. 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo. Este decreto dispone la actualización por el índice RIPTE y un "interés" equivalente a dicho índice.
- La Cámara interpreta que este mecanismo de actualización configura un régimen especial de excepción a la prohibición general de indexación de créditos, aplicable a este tipo de indemnizaciones.
- Además, se fija un interés moratorio puro del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación definitiva, para compensar la privación del capital.
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