EN-M ECONOMIA-SECRETARIA INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO c/ CARDINAL SERVICIOS INTEGRALES SA-EXPTE 47067300/21 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El Estado Nacional recurrió la sentencia que hizo lugar al planteo de cosa juzgada opuesto por Cardinal Servicios Integrales S.A. y rechazó la demanda por incumplimiento de publicación de una sanción. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión al considerar que existía identidad sustancial con un proceso anterior.
¿Quién es el actor?
Estado Nacional (EN-M Economía
- Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo)
¿A quién se demanda?
Cardinal Servicios Integrales S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ordenar a Cardinal Servicios Integrales S.A. el cumplimiento de la publicación de la parte dispositiva de la DI-2022-33-APN-DNDCYA#MDP del 11/1/2022, por la que se le impuso una sanción por infracción a la Ley 24.240.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la demanda. El juez de primera instancia hizo lugar al planteo de cosa juzgada opuesto por la demandada, en base a que idéntica pretensión ya había sido resuelta en otra causa ("EN-M Desarrollo Productivo c/ Cardinal Servicios Integrales S.A. s/ proceso de conocimiento") donde se declaró abstracta la cuestión relativa al cumplimiento de la publicación. La Cámara confirma el rechazo, entendiendo que existe identidad sustancial entre ambas causas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Resulta evidente la existencia de una identidad sustancial entre ambas causas, tanto en lo atinente a su objeto, causa y sujetos, que conduce —inexorablemente— a confirmar el pronunciamiento apelado, sin que ninguna incidencia tenga —a los fines de adoptar una solución contraria— el hecho de que la publicación haya sido acreditada en el marco de esa causa y no en sede administrativa."
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