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Dirección General de Fabricaciones Militares c/ Santa Cruz, Provincia de s/ cobro de sumas de dinero

La Dirección General de Fabricaciones Militares demandó a la Provincia de Santa Cruz ante la Corte Suprema para obtener el pago de una suma de dinero. La Corte Suprema declaró su competencia originaria para sustanciar dicha demanda, conciliando así la prerrogativa federal de Fabricaciones Militares y la competencia local de la provincia demandada.

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Competencia originaria de la Corte ante una demanda de una sociedad del Estado contra una provincia Causa iniciada por la Dirección General de Fabricaciones Militares contra la Policía de la Provincia de Santa Cruz, a fin de obtener el pago de una suma de dinero
- Pese a que la demanda fue dirigida contra la Policía de la Provincia, toda vez que dicho organismo integra la administración central del estado local, es la provincia quien se encuentra sustancialmente demandada
- Dado que Fabricaciones Militares S. E. que tiene derecho al fuero federal, según lo dispuesto por el art. 116 de la Constitución Nacional (Fallos: 314:830; 317:746) demanda a la Provincia de Santa Cruz (a quien le corresponde la competencia originaria de la Corte, de conformidad con el art. 117 de la Ley Fundamental) la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciar la demanda en la instancia originaria de la Corte Suprema (Fallos: 323:1110; 331:1427), cualquiera sea la materia del pleito

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