JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Salvatierra, Ramón Gustavo y otros s/ daño agravado (art.184 inc.5) y amenazas.

El imputado ejerció su derecho a la libre elección de su defensor, decisión que fue rechazada por la cámara. La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia apelada al considerar que la restricción al derecho de defensa en juicio era equiparable a una sentencia definitiva.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FSA 74000120/2011/TO1
Recurso extraordinario Sentencia equiparable a definitiva Nulidad Defensor Patrocinio letrado Defensa en juicio Constitucion nacional Defensor oficial Juicio criminal Derecho a la defensa Libre eleccion de defensor Nulidad de designacion de defensor oficial Garantia constitucional Perjuicio irreparable Tratamiento de cuestiones pertinentes

¿Qué se resolvió en el fallo?

Defensa en juicio: derecho a la libre elección de la asistencia letrada

Pronunciamiento de cámara que rechazó la designación del defensor elegido por el imputado y nombró un defensor oficial - Argumento relativo a que la estrategia de la defensa consistía en apartar a los jueces de la causa dada la relación de amistad que tenía el abogado elegido con uno de ellos - Rechazo de los recursos de la defensa oficial planteando la nulidad de su designación - La resolución que priva al imputado de ser representado por un letrado de su elección es equiparable a definitiva, en cuanto ella puede causar un perjuicio irreparable a la garantía de defensa - Evidente derecho de quien ocurre ante la justicia como actor o demandado, querellante o acusado, para elegir la persona que, llenando las condiciones legales, produzca en su nombre los alegatos y pruebas pertinentes a los fines de poner de manifiesto el derecho que le asiste - Garantía de la libre defensa en juicio - Entidad de la vulneración de las garantías federales que habían sido sometidas a conocimiento del tribunal - La cámara no podía omitir el tratamiento de las cuestiones oportunamente propuestas y conducentes para la solución del litigio mediante meras afirmaciones dogmáticas y ritualistas - Se deja sin efecto la sentencia apelada

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 18, 75 inc. 22 · Constitucion nacional
  • Convención Americana sobre Derechos Humanosart. 8 punto 2 inc. d y e
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticosart. 14 punto 3 inc. d
  • Ley 48art. 14 inc. 3 · Justicia nacional
  • Ley 27.149art. 5 inc. c · Ministerio publico de la defensa de la nacion
  • CPPNarts. 55, 56, 104, 465, 468 · Codigo procesal penal

Fallos que cita

  • NasuteCSJN · Fallos 311:1671
  • GonzálezCSJN · Fallos 318:665
  • MassaccesiCSJN · Fallos 321:3679
  • Peirano BassoCSJN · Fallos 329:1219
  • Mario FernándezCSJN · Fallos 312:1042
  • VázquezCSJN · Fallos 155:374
  • PazCSJN · Fallos 279:91
  • Fallos 328:1108CSJN
  • Fallos 296:65CSJN
  • Corte IDH OC-11/90Corte Interamericana de Derechos Humanos · 10/08/1990

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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