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Incidente Nº 2 - PRESENTANTE: PETCOFF NAIDENOFF, LUIS s/INCIDENTE DE INHIBITORIA

Hábeas corpus colectivo por condiciones inadecuadas en centros de aislamiento por COVID-19 en Formosa. La Corte Suprema requiere a la provincia información sobre el cumplimiento de estándares de derechos humanos en dichos centros.

Competencia Emergencia sanitaria Derechos humanos Garantias constitucionales Covid 19 Razonabilidad Control de constitucionalidad Constitucion nacional Pedido de informes Tratados internacionales Exhortacion 19 Habeas corpus Protocolos Habeas corpus colectivo Libertad individual Libertad fisica Formosa Facultades de la corte suprema Facultades del poder judicial Razonabilidad de la ley Sentencia exhortativa Covid Libertad civil Centros de aislamiento

Denuncia relacionada con centros de aislamiento por COVID-19 y cumplimiento de estándares concernientes a los derechos humanos Conflicto positivo de competencia entre la justicia federal y la justicia provincial
- Hábeas corpus colectivo iniciado por un grupo de personas, adultas y menores, alojadas en los centros de aislamiento por COVID-19 existentes en la provincia, las que recibirían un trato inhumano por parte de las autoridades locales que gestionan dichos establecimientos
- Instalaciones que no cumplirían con los estándares mínimos de salubridad e higiene
- Aspectos fácticos que involucran valores centrales de nuestra Constitución, como lo son la protección a la libertad y a los derechos humanos en general, que justifican un tratamiento excepcional por parte de la Corte
- Libertad física como derecho basal, presupuesto para el ejercicio de otros derechos constitucionales
- Aun ante el escenario de emergencia en el marco del COVID-19, las medidas que conlleven la regulación de derechos fundamentales deben ser limitadas temporalmente, legales, ajustadas a los objetivos definidos conforme a criterios científicos, razonables, estrictamente necesarias y proporcionales
- La restricción a la libertad corporal debe satisfacer exigencias de razonabilidad
- Dada la trascendencia de las cuestiones involucradas, en forma excepcional y con carácter previo a dirimir el conflicto de competencia planteado resulta prioritario requerir información actualizada sobre la situación denunciada
- Requerir a la Provincia de Formosa que informe si el Centro de Atención Sanitaria ha sido desactivado de manera definitiva, si subsisten en actividad otros centros de internación que funcionen bajo las mismas condiciones y sobre los protocolos para la protección de derechos humanos que deben respetar las autoridades provinciales
- Exhortar al gobierno de la Provincia de Formosa sobre la necesidad de llevar a cabo el control y prevención de la propagación del virus COVID–19 con arreglo a los estándares constitucionales y convencionales concernientes a los derechos humanos.

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