CORVALAN, JOSE DARIO c/ INTERCORDOBA S.A. s/ordinario - art 212 LCT
El trabajador promovió demanda por indemnización por incapacidad absoluta. La Corte Suprema revocó la sentencia y ordenó el pago de la indemnización prevista en la Ley de Contrato de Trabajo.
Desvinculación laboral basada en afirmaciones dogmáticas
Rechazo de la demanda dirigida a obtener la indemnización prevista en el artículo 212, párrafo cuarto, de la Ley de Contrato de Trabajo con fundamento en que la verdadera causa de la desvinculación no fue la incapacidad absoluta invocada por el actor, sino la previa conminación patronal cursada para que el trabajador inicie el trámite jubilatorio
- Apartamiento de la solución legal prevista para el caso
- La primera fuente de interpretación de las leyes es su letra y, cuando ésta no exige un esfuerzo para determinar su sentido, debe ser aplicada directamente
- Del art. 252, LCT, texto ordenado por ley 24.347 vigente al momento del distracto, surge que la intimación no extingue la relación de empleo sino que, por el contrario, la mantiene vigente hasta que se cumpla alguna de las condiciones extintivas, la concesión del beneficio o, en su defecto, el transcurso de un año
- Argumento del tribunal basado en una supuesta violación al principio de buena fe que luce inmotivado
- Arbitrariedad
- Se deja sin efecto la sentencia apelada
- Disidencia del juez Rosenkrantz: recurso extraordinario inadmisible (art. 280 CPCCN).
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