Recurso Queja Nº 1 - Legajo Nº 1 - MARASCALCHI MUÑIZ MARCOS LEANDRO Y OTROS s/LEGAJO DE CASACION
El tribunal de casación rechazó el recurso de un acusado, pero la Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia por considerar que se había vulnerado el derecho del imputado a ser juzgado en un plazo razonable, independientemente de que no haya estado privado de su libertad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Afectación al derecho a ser juzgado en un plazo razonable
En un nuevo pronunciamiento dictado a partir de una sentencia anterior de la Corte, la cámara de casación rechazó el recurso planteado por uno de los acusados lo que originó otro recurso extraordinario. La Corte dejó sin efecto la sentencia por considerar que se había apartado de su previa decisión, en la que había señalado el alcance que debe darse al derecho a obtener un pronunciamiento sin dilaciones indebidas. Destacó que la duración de la causa no podía ser atribuida al imputado ni a la complejidad del caso, y por lo tanto se configuraba la afectación al derecho a ser juzgado en un plazo razonable que nuevamente reclamaba la recurrente. En respuesta al argumento relativo a que el imputado no había demostrado el perjuicio concreto al no haber sido privado de su libertad el Tribunal señaló que no obstante que el enjuiciamiento penal comporta una situación de incertidumbre y de restricción de aquella, las referidas son dos garantías diferentes cuya lesión podría acarrear consecuencias distintas. Agregó que resultaba un contrasentido que al rechazar el recurso de casación la cámara haya admitido que se había verificado una considerable demora causada en gran medida por la dilación de la etapa de juicio y, a la vez, haya objetado a la defensa que omitiera indicar los actos que habrían dado lugar a dilaciones indebidas.
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 18 · Constitucion nacional
- Convención Americana sobre Derechos Humanos (Internacional)arts. 8.1, 7.5
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Internacional)art. 14.3.c
- Ley 48arts. 14, 15, 16 · Justicia nacional
- Acordada 4/2007arts. 2, 3
Fallos que cita
- MatteiCSJN · Fallos 272:188
- MozzattiCSJN · Fallos 300:1102
- Fallos 332:1512CSJN
- Fallos 322:360CSJN
- Fallos 330:3640CSJN
- Fallos 323:982CSJN
- Fallos 327:327CSJN
- Fallos 336:2184CSJN
- Fallos 340:2001CSJN
- Fallos 331:2319CSJN
- Fallos 333:1639CSJN
- Fallos 330:2632CSJN
- Fallos 316:180CSJN
- Fallos 317:95CSJN
- Fallos 318:1808CSJN
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