Logo

Recurso Queja Nº 1 - L., M Y OTROS c/ ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS (OSDE) Y OTRO s/PRESTACIONES QUIRÚRGICAS

Los padres de un niño con discapacidad promovieron una acción de amparo para obtener la cobertura de un procedimiento quirúrgico en el exterior. La Corte Suprema dejó sin efecto la decisión que había ordenado a las obras sociales costear dicha cirugía fuera del país, al considerar que existían alternativas médicas adecuadas dentro de Argentina.

Obra social Discapacidad Derecho a la salud Cobertura medica Corte suprema Procedimiento quirurgico Obras sociales Accion de amparo Sentencia arbitraria Omision en el pronunciamiento Apartamiento de constancias de la causa

Cobertura de cirugía en el exterior: omisión de elementos conducentes La cámara hizo lugar a la acción de amparo entablada por los padres de un niño a fin de que se ordene a Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) y a la Caja de Seguridad Social para Escribanos de la Provincia de Buenos Aires la cobertura del procedimiento quirúrgico que aquél requería en razón de la patología que presentaba a realizarse en un establecimiento médico en el exterior. La Corte, por mayoría, dejó sin efecto esta decisión. Estimó que para arribar a esa conclusión el tribunal omitió ponderar elementos conducentes para resolver el litigio. Señaló que surgía de las constancias de la causa que las demandadas ofrecieron la posibilidad cierta de realizar la intervención en el país y además que distintos prestadores y el propio Cuerpo Médico Forense afirmaron que resultaba factible llevar a cabo esos procedimientos quirúrgicos en Argentina con características análogas a las ofrecidas en el extranjero. Agregó que si bien se ha reconocido el carácter fundamental del derecho a la salud y la especial atención que merecen las personas con discapacidad, en nuestro ordenamiento jurídico tales derechos de raigambre constitucional, así como los principios y garantías consagrados en la Constitución Nacional, no son absolutos sino que deben ser ejercidos con arreglo a las leyes que reglamentan su ejercicio, con la única condición de no ser alterados en su substancia. Finalmente, señaló que más allá del estrecho marco de conocimiento que ofrece la acción de amparo, no se había demostrado que la conducta de las demandadas haya importado un menoscabo o desnaturalización del derecho del menor discapacitado.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar