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PONCE, DANIEL FABIO c/ MELENZANE S.A. Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y condenó a la demandada al pago de montos indemnizatorios calculados con intereses.

Intereses Despido indirecto Despido injustificado Actualizacion de creditos Justificacion de inasistencias Inconstitucionalidad de prohibicion de indexacion

Despido injustificado

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la excepción de prescripción respecto de ciertos créditos salariales. La Cámara consideró que las inasistencias del trabajador se encontraban justificadas por razones médicas, y que el despido indirecto decidido por el trabajador fue procedente debido a la falta de pago reiterada de sus haberes. En consecuencia, la Cámara condenó a la demandada al pago de las indemnizaciones por despido injustificado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que las inasistencias del trabajador se encontraban debidamente justificadas por razones médicas, pues se encontraba bajo tratamiento psiquiátrico, con diagnóstico de trastorno de ansiedad reconocido incluso por la medicina laboral de la empleadora.
- Respecto del despido indirecto, la Cámara consideró que la falta de pago reiterada de los haberes del trabajador constituía una injuria suficiente para justificar la ruptura del vínculo por parte del trabajador.
- La Cámara declaró inconstitucional la prohibición de indexación de deudas prevista en la ley 23.928, y dispuso la actualización de los créditos según el índice RIPTE más un interés puro del 6% anual, salvo que ello genere un resultado desproporcionado en relación a la realidad económica.

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