BORIA, MANUEL AGUSTIN c/ EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y actualizó el capital de condena con el índice RIPTE más un interés puro del 6% anual.
Despido
¿Qué se resolvió?
Se confirma el despido pero se modifica el pronunciamiento para actualizar el capital de condena conforme al índice RIPTE más un interés puro del 6% anual. Se deja sin efecto lo resuelto en materia de costas y honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Las demandadas no lograron acreditar la excepcionalidad de la contratación del actor a través de la empresa Tiempo Laboral S.A., por lo que se considera que Edenor era la empleadora directa.
- Respecto a la actualización monetaria, se declaró la inconstitucionalidad del artículo 7 de la Ley 23.928 por afectar el derecho de propiedad, ordenando la actualización por el índice RIPTE más un interés puro del 6% anual.
- Se destaca que la aplicación mecánica de sistemas de actualización puede generar resultados desproporcionados, por lo que se deberá considerar el salario que hubiera percibido el trabajador de haber continuado en actividad como límite razonable.
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