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GIMENEZ, PABLO FERNANDO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

Jubilado reclama reajuste de haberes. La Cámara Federal revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y ordena nuevos cálculos para la actualización del haber.

Anses Beneficio jubilatorio Reajuste de haberes Actualizacion de remuneraciones Ley 26 417 Ley 27 426 Indices de movilidad

Reajuste del beneficio jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Aceptó los argumentos de la ANSES respecto a la utilización del índice ISBIC para actualizar las remuneraciones previas a marzo de 2009, en lugar del criterio aplicado en primera instancia. Sin embargo, confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426, ordenando aplicar la Ley 26.417 para el cálculo de la movilidad de marzo de 2018.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La elección de los índices de actualización es potestad exclusiva del Poder Legislativo Nacional, por lo que corresponde aplicar los índices previstos en las Leyes 27.426 y 27.609.
- Sin embargo, en cuanto a la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426, esta no afecta al caso dado que la norma no resulta aplicable a la fecha de adquisición del beneficio.

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