Logo

CIRILLO, MARIA MERCEDES c/ HC CORPORATION ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora reclamó indemnizaciones por despido incausado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia y condenó a la empresa a abonar diversos rubros por incumplir el deber de buena fe contractual.

Grupo economico Deber de buena fe Despido incausado Trabajo remoto Multa laboral


¿Quién es el actor?

MARÍA MERCEDES CIRILLO

¿A quién se demanda?

HC CORPORATION ARGENTINA S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de indemnizaciones por despido incausado

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda y condenó a la empresa a abonar diversos rubros indemnizatorios. Fundamentos principales:
- La empresa no acreditó que el trabajo remoto fuera transitorio, ocasional y temporal, como alegó. Por el contrario, la propia empresa reconoció que recién a principios de 2021 retomó la modalidad presencial.
- Al pretender que la actora trabajara íntegramente en forma presencial, sin haberlo comunicado previamente, la empresa incumplió el deber de buena fe contractual, lo que justificó la denuncia de la trabajadora.
- Correspondía condenar a la empresa al pago de indemnizaciones por despido incausado, sueldo de los meses de marzo y abril, vacaciones proporcionales y multa por falta de entrega del certificado de trabajo.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar