ECKERMAN, CARLOS RUBEN c/ ADMINISTRACION NACIONAL SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS
El actor cuestionó el cálculo de su haber jubilatorio. La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó recalcular los haberes conforme criterios jurisprudenciales.
Reajuste del haber jubilatorio
- Decisión: La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 807/2016 y ordenó actualizar las remuneraciones computables conforme la jurisprudencia de la CSJN. También confirmó el diferimiento del tratamiento del reajuste de la PBU hasta la etapa de ejecución de sentencia, y la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 y 26 de la Ley 24.241 en caso de acreditarse confiscatoriedad.
Fundamentos principales:
- La Corte Suprema ha establecido que es el Congreso quien debe fijar el índice de actualización de las remuneraciones computables para el cálculo del haber inicial, por lo que el Decreto 807/2016 es inconstitucional.
- Corresponde aplicar el criterio fijado por la CSJN en "Volonté" y "Makler" para el reajuste del haber por aportes autónomos.
- El reajuste de la PBU debe diferirse hasta la etapa de ejecución, y proceder solo si se acredita que su falta de actualización resulta confiscatoria.
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