GARCIA PAZ, RODRIGO SEBASTIAN c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia aumentando el monto indemnizatorio por incapacidad física y psíquica.
Accidente de trabajo sufrido el 29/01/2021 mientras conducía un vehículo laboral, en el que colisionaron 3 caballos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la incapacidad física del 7,33% reconocida por la pericia médica. Respecto al daño psíquico, la mayoría del Tribunal (Dras. Vázquez y Catani) hizo lugar al reclamo por Reacción Vivencial Anormal Neurótica de grado II que le provocó una minusvalía psíquica del 10%, con fundamento en el psicodiagnóstico realizado. La Dra. Hockl, en disidencia, consideró que al no haberse planteado previamente en sede administrativa, no correspondía su reconocimiento en la vía judicial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La determinación de la incapacidad psíquica no requiere que haya sido denunciada previamente en sede administrativa, ya que el trabajador reclama la reparación integral de las consecuencias dañosas, sean físicas o psíquicas.
- La pericia médica y el psicodiagnóstico realizado demostraron la existencia de secuelas psicológicas derivadas del accidente.
- La determinación de la relación de causalidad entre el accidente y las lesiones es facultad privativa del juez, pero debe atenerse a las conclusiones de los expertos, salvo error manifiesto.
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