PORTILLO, OSCAR RAMON c/ CE EME CE S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
El actor reclamó por despido indirecto y diferencias salariales. La Cámara aumentó el monto de condena y dejó sin efecto la solidaridad de algunas demandadas.
Declarar la relación extinguida por despido indirecto con justa causa y cobro de indemnizaciones, salarios y multa
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia elevando el monto de condena a $ 910.502,27 y aplicando intereses del índice de precios al consumidor más 3% anual. Se confirma la condena a CE EME CE S.R.L. pero se deja sin efecto la condena solidaria de Cheek SA y Vestiditos SA. Se dejan sin efecto los honorarios regulados y se fijan nuevos porcentajes.
Fundamentos principales:
- Se acreditó el despido indirecto con justa causa al 31/05/2017 y corresponde abonar salarios y multa.
- No se acreditó la tardía inscripción denunciada ni el pago en negro de horas extras.
- La sola inclusión de adicionales convencionales en la liquidación no basta para tener por planteada la acción.
- Cheek SA y Vestiditos SA no son responsables solidarias por la actividad de lavadero industrial realizada por el actor, siguiendo el criterio del fallo "Payalap c/ Seraglia SA".
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