TAPIA REGNER, RODRIGO GERMAN c/ OBERTURA PVC S.R.L. s/DESPIDO
El trabajador impugnó el rechazo de sus pretensiones indemnizatorias y punitivas, mientras que la empresa cuestionó la condena patrimonial. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia.
Indemnizaciones por despido y sanción del art. 80 LCT
¿Qué se resolvió?
Se rechazaron los agravios del trabajador. Se consideró que no hubo incumplimiento grave del empleador que justifique el despido indirecto, y que no se acreditó el pago de salarios "en negro" para aplicar la sanción del art. 80 LCT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la actividad de la empresa se encuadra en el CCT 419/05 de la industria plástica, y no en el CCT de empleados de comercio invocado por el trabajador. Tampoco se probó la existencia de pagos "en negro", siendo insuficientes los testimonios y la prueba pericial caligráfica. Por ende, no se configuró la injuria laboral que justifique el despido indirecto, ni tampoco se acreditó la negativa del empleador a entregar los certificados de trabajo, por lo que procede rechazar la sanción del art. 80 LCT.
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