ONDETTI, VLADIMIR EZEQUIEL c/ COGNIZANT TECHNOLOGY SOLUTIONS DE ARGENTINA S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido y diferencias salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó la actualización del monto de condena utilizando el índice RIPTE.
- Actor: Vladimir Ezequiel Ondetti
- Demandado: Cognizant Technology Solutions de Argentina SRL y Google Argentina SRL
- Reclamos: despido y diferencias salariales
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la fecha de despido y la procedencia de las horas extras reclamadas. Revocó parcialmente la sentencia en cuanto a la indemnización del art. 80 LCT, ordenando su exclusión. Respecto de los intereses, declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de indexación contenida en la Ley de Convertibilidad y dispuso que el monto de condena se actualizará mediante el índice RIPTE, más un interés del 6% anual.
- Fundamentos relevantes:
- Respecto de la fecha de despido, el Tribunal confirmó la decisión de primera instancia al considerar que la notificación quedó perfeccionada el 04/11/2015.
- En cuanto a las diferencias salariales por funciones de mayor jerarquía, el Tribunal consideró que el actor no acreditó la existencia de un acuerdo que obligara al empleador al pago de una mayor remuneración.
- Sobre los bonos, el Tribunal desestimó los agravios de ambas partes al considerar que no se acreditó el derecho a percibir los bonos reclamados.
- En relación a la indemnización del art. 80 LCT, el Tribunal acogió parcialmente el agravio de la demandada al considerar que si bien no cumplió adecuadamente con dicha obligación, el actor se negó a retirar los certificados puestos a su disposición, por lo que declaró improcedente la sanción.
- Respecto de los intereses, el Tribunal declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de indexación contenida en la Ley de Convertibilidad, por resultar incompatible con la protección constitucional de la propiedad privada en el contexto de alta inflación y tasas de interés fuertemente negativas.
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