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MUIÑA, LEANDRO EMMANUEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y adecuó el cálculo de los intereses.

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Accidente de trabajo
- Ley especial

¿Qué se resolvió?


- Se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7° ley 23.928 y 4° de la ley 25.561.
- Se modificó la sentencia apelada, debiendo ajustarse el crédito de condena conforme lo establecido en el considerando V (aplicación de IPC más 3% anual de interés puro).
- Se mantuvo lo resuelto en materia de costas.
- Se dejaron sin efecto los honorarios regulados en primera instancia, diferidos hasta la etapa del art. 132 LO.
- Se impusieron las costas de alzada por su orden.
- Se regularon los honorarios de alzada en el 30% de lo que corresponda percibir por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior. Fundamentos principales:
- Respecto al agravio por producción de pruebas, la Cámara consideró que la crítica no superaba el ámbito de la pura discrepancia al no detallar la prueba que acreditaba la pretensión.
- En relación al rechazo del adicional del art. 3 de la ley 26.773, la Cámara siguió el criterio de la CSJN en "Páez Alfonso" que circunscribe ese beneficio a los accidentes ocurridos en el establecimiento laboral.
- En cuanto a los intereses, la Cámara adhirió a la jurisprudencia mayoritaria que aplica IPC más 3% anual de interés puro.

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