BRUNORI, MONICA ALICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el recálculo de su beneficio de pensión directa bajo modalidad de retiro programado. La Cámara Federal confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia.
Recálculo del haber de la prestación de pensión directa bajo modalidad de retiro programado, con aplicación de movilidad del régimen previsional público
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, ordenando a la ANSES el pago del haber recalculado y diferencias retroactivas. Declaró la inconstitucionalidad de resoluciones de ANSES y un decreto sobre índices de actualización, e impuso costas a la demandada.
Los principales fundamentos fueron:
- La actora percibía su prestación al momento de la unificación del sistema previsional (ley 26.425), por lo que su situación no encuadra en el art. 3 de esa ley, sino en el art. 4, debiendo rechazarse su pretensión de equiparar su prestación al régimen de reparto.
- Respecto al índice de actualización, la Cámara declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones ANSES 56/2018 y 1/2018, por ser contrarias a los precedentes de la Corte Suprema.
- Impuso costas a la demandada sustancialmente vencida, conforme al art. 36 de la ley 27.423.
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