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SALVATIERRA, ANA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La actora promovió demanda por reajustes por movilidad de su prestación previsional. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia.

Ley 27 423 Movilidad Ley 18 037 Topes legales Ley 27 260 Ripte Reajuste de haberes previsionales Isbic Precedente quiroga

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Sra. Ana María Salvatierra, demandó a la ANSeS para que se le realice el reajuste por movilidad de su prestación previsional. El Juzgado Federal de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando a la ANSeS el pago del haber recalculado y las diferencias retroactivas. Además, hizo lugar a la excepción de prescripción y rechazó los planteos de inconstitucionalidad de la actora. La ANSeS apeló la sentencia, cuestionando principalmente el índice dispuesto para la actualización de las remuneraciones (ISBIC en vez de RIPTE), la validez de los topes legales y la aplicación del precedente "Quiroga" de la CSJN. La Cámara Federal de Rosario, Sala B, confirmó la sentencia en lo sustancial. Declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS que disponían la aplicación del RIPTE, por entender que corresponde aplicar el ISBIC. Rechazó los cuestionamientos sobre los topes legales y la aplicación del precedente "Quiroga". Finalmente, impuso las costas de la alzada a la parte demandada, en virtud de la jurisprudencia de la CSJN.

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