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ESCUDERO SOTELO, MARGARITA DEL CARMEN c/ ANSES s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

La actora impugnó la inconstitucionalidad de normas previsionales, pero la Cámara Federal de Tucumán confirmó la validez de la Ley N° 27.541 y los decretos dictados en consecuencia, ordenando el reajuste de haberes adeudados al finalizar la suspensión de la movilidad.

Inconstitucionalidad Seguridad social Emergencia economica Reajuste de haberes Movilidad previsional


- Actora: Margarita del Carmen Escudero Sotelo

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad de la Ley N° 27.541 y decretos reglamentarios

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el planteo de inconstitucionalidad, pero se ordena el reajuste de haberes adeudados al finalizar la suspensión de la movilidad. La Cámara consideró que la declaración de emergencia y las normas dictadas en su consecuencia fueron válidas y razonables para afrontar la situación de crisis. Si bien se suspendió temporalmente la movilidad, una vez finalizada la emergencia al 31/12/2020, correspondía readecuar los haberes abonando las diferencias respecto a la movilidad suspendida. Asimismo, se desestimó la excepción de prescripción planteada por ANSES.

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