REY, JORGE ALCIDES c/ ANSES s/VARIOS
El actor promovió demanda a fin de obtener el reconocimiento de sus años de servicio como insalubres. La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que revocó la resolución administrativa y ordenó a ANSES otorgar el beneficio jubilatorio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Jorge Alcides Rey demandó a ANSES solicitando que se reconozcan como servicios insalubres los períodos trabajados en las empresas PRAVER SA y PILGRIM SA, dedicadas al procesamiento de aves, a los efectos de acceder al beneficio jubilatorio diferencial previsto en los Decretos 3555/72 y 8746/72 y Resoluciones 46/2011 y 759/2010.
La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda, revocó la resolución administrativa y ordenó a ANSES que reconozca dichos servicios como diferenciales.
La Cámara Federal de Paraná, por unanimidad, confirmó la sentencia apelada. Señaló que las tareas desempeñadas por el actor -"semi calificado carne-eviscerado", "calificado carne
- colgador en playa", "especializado B carne-encargado playa", "calificado carne-cámara" y "operario práctico"
- se enmarcan dentro de lo dispuesto en la Resolución 759/2010, que equiparó a las plantas procesadoras de aves con los regímenes diferenciales de la industria de la carne y chacinados. Por lo tanto, correspondía el reconocimiento de los servicios como insalubres a los efectos previsionales.
Además, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y ordenó imponer las costas a ANSES.
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