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DEMARTIN, NORMA EN LA REP. INVOCADA c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986

El actor con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) reclama la cobertura del medicamento Edaravona. La Cámara Federal de Paraná confirma la sentencia que ordena a la obra social brindar la cobertura solicitada.

Obra social Derecho a la salud Cobertura medica Enfermedad poco frecuente Esclerosis lateral amiotrofica Edaravona


¿Quién es el actor?

Héctor Lorenzo Demartin

¿A quién se demanda?

Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura del 100% del medicamento Edaravona (Edaracut) para tratamiento de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA)

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que ordena a OSDE brindar la cobertura solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El derecho a la salud del actor, reconocido por pactos internacionales y normas nacionales, obliga a la obra social a cubrir las prestaciones médicas necesarias.
- La ELA es considerada una enfermedad poco frecuente, cuyo tratamiento está amparado por la ley 26.689.
- Si bien el medicamento Edaravona no está incluido en el Programa Médico Obligatorio, ello no puede constituir una barrera para la tutela del derecho a la salud.
- El informe pericial médico considera probable que el paciente se beneficie con el tratamiento combinado de Riluzol y Edaravona.

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