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BURRUCHAGA, RAFAEL ALFREDO c/ ANSES Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo para cese del descuento de aportes previsionales a favor del PAMI y su transferencia a su obra social de afiliación. La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda.

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Cese del descuento de aportes previsionales a favor del PAMI y transferencia a su obra social de afiliación

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la acción de amparo, y rechazó la demanda. La Cámara Federal consideró que conforme el marco normativo, los jubilados y pensionados están obligatoriamente comprendidos en el PAMI, el cual debe recibir los aportes de obra social descontados de los haberes previsionales, aun cuando el beneficiario esté afiliado a otra obra social. Si bien el beneficiario tiene derecho a optar por otra obra social, el PAMI es el destinatario legal de los aportes. Asimismo, las obras sociales que reciben a los jubilados y pensionados tienen derecho a percibir las cápitas que reglamentariamente se fijen, lo que compensa la falta de recepción directa de los aportes. Por lo tanto, no se advierte perjuicio para la obra social de afiliación del actor.

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