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GIMENEZ, DELIA MARIA MARCELINA c/ ANSES s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

La actora promovió demanda por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Paraná modificó la sentencia de primera instancia en cuanto al plazo para cumplir la liquidación, pero confirmó el resto de lo resuelto.

Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Seguridad social Movilidad Reajuste Haber previsional

Reajuste de haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó el plazo de 30 días impuesto al ANSES para efectuar la liquidación, aplicando el plazo de 120 días hábiles previsto en la ley. Confirmó el resto de lo resuelto, incluyendo la declaración de inconstitucionalidad de los decretos sobre movilidad y del régimen de impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara aplicó la doctrina de la CSJN sobre el método de cálculo del haber inicial y su actualización, y la doctrina constitucional respecto de los decretos sobre movilidad y el impuesto a las ganancias. Revocó el plazo de cumplimiento por ser contradictorio con la ley.

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