DOS SANTOS, CLAUDIO CARLOS c/ ESTADO NACIONAL - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Y OTRO s/DIFERENCIAS SALARIALES
El actor reclamó incorporar suplementos salariales a su haber jubilatorio. La Cámara revocó parcialmente la sentencia y rechazó el reclamo de cobro de retroactivos por aplicar el plazo de prescripción bienal.
¿Quién es el actor?
Claudio Carlos Dos Santos, retirado de la Prefectura Naval Argentina
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Prefectura Naval Argentina
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incorporar a su haber jubilatorio los suplementos salariales creados por el Decreto 1307/12 y sus modificatorios, con carácter remunerativo y bonificable.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la demandada, revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda. Consideró prescriptas las sumas reclamadas con anterioridad a los 2 años previos a la presentación de la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El Decreto 1307/12 creó suplementos particulares para la Prefectura Naval Argentina, declarando luego remunerativos a dos de ellos (por decreto 246/13) y derogando otros dos (por decreto 716/16).
- Conforme la Ley 23.627, la obligación de pagar haberes devengados con posterioridad a la solicitud del beneficio jubilatorio prescribe a los 2 años. Por lo tanto, el actor solo tiene derecho a los montos no prescriptos.
- No corresponde el tratamiento de los restantes agravios al haberse acogido el planteo de prescripción.
- Las particularidades del caso justifican imponer las costas en el orden causado.
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