Incidente Nº 3 - ACTOR: DIOLI, LILIAN DEL VALLE DEMANDADO: PAMI Y OTRO s/INCIDENTE
Se confirma la regulación de honorarios a la letrada de la actora en un proceso de amparo. Se fijan honorarios de segunda instancia.
¿Quién es el actor?
Lilian del Valle Dioli, en representación de su hermana Estella Rosa Dioli
¿A quién se demanda?
PAMI
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que PAMI brinde asistencia médica integral, reconozca y cubra los gastos por recientes cirugías y tratamientos, y que Estella Rosa Dioli siga siendo atendida por sus médicos de elección.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Salta confirmó la regulación de honorarios de primera instancia a la letrada de la actora (14 UMA) y reguló sus honorarios de segunda instancia (4,2 UMA).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley arancelaria establece un mínimo de 20 UMA para procesos de amparo, pero también faculta a los jueces a ponderar otras pautas como la labor desplegada, la complejidad de la cuestión, el resultado obtenido, etc.
- Cuando el mínimo arancelario no guarda simetría con las restantes pautas, se debe fijar los honorarios conforme al prudente arbitrio judicial, a fin de tutelar tanto el derecho de propiedad del demandado como el derecho a la justa retribución del letrado.
- En el caso, el monto de 14 UMA fijado en primera instancia se consideró razonable y armónico con las pautas legales.
- Los honorarios de segunda instancia se regularon en el 30% de los de primera instancia, atendiendo a la tarea profesional en esta etapa y al resultado obtenido.
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