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LESCANO, RUBEN ANTONIO EN LA REPRESENTACION INVOCADA c/ OSPACA (O.S DEL PERSONAL DEL AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO) s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo contra la Obra Social del Personal del Automóvil Club Argentino solicitando cobertura de oxígeno domiciliario y medicación. La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que ordenó a la obra social brindar las prestaciones requeridas.

Obra social Discapacidad Derecho a la salud Amparo Medicacion Oxigeno

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Sr. Rubén Antonio Lescano, en representación de su esposa María Luisa García, promovió una acción de amparo contra la Obra Social del Personal del Automóvil Club Argentino (OSPACA) solicitando la reafiliación de su esposa y la cobertura de oxígeno domiciliario y diversos medicamentos. En primera instancia, el juez hizo lugar parcialmente a la demanda y ordenó a OSPACA a brindar la cobertura del oxígeno domiciliario y la medicación prescripta. La obra social apeló dicha decisión. La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia de primera instancia. Consideró que la postura de OSPACA de requerir recetas médicas actualizadas y no brindar una respuesta oportuna ante la intimación del actor constituyó una actitud arbitraria que vulneró el derecho a la salud de la afiliada, que goza de protección constitucional y en tratados internacionales. Destacó que la afiliada está amparada también por la ley 24.901 de prestaciones básicas para personas con discapacidad. Además, la Cámara rechazó los agravios de OSPACA respecto a la regulación de honorarios y a la imposición de costas.

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