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KESSLER, CARLOS ALBERTO c/ OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

Acción de amparo por negativa de afiliación a obra social. Cámara declara mal concedidos los recursos de apelación por extemporaneidad.

Obra social Apelacion Plazo Amparo Accion sumarisima


¿Quién es el actor?

CARLOS ALBERTO KESSLER
- Demandados: OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS (OSME) y SANCOR SALUD

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo para obtener la afiliación del actor y su grupo familiar a la obra social

¿Qué se resolvió?

El juzgado de primera instancia hizo lugar parcialmente a la acción y ordenó a OSME incorporar al actor. Tanto el actor como OSME apelaron la sentencia, pero la Cámara declaró mal concedidos los recursos por extemporaneidad, ya que fueron interpuestos fuera del plazo de 48 horas previsto en la Ley 16.986.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara señaló que, como tribunal de alzada, le corresponde analizar la admisibilidad de los recursos deducidos, más allá de la decisión de primera instancia.
- Conforme el art. 15 de la Ley 16.986, el plazo para apelar es de 48 horas contadas a partir de la notificación de la sentencia. En este caso, las partes fueron notificadas el 13/11/2024 y los recursos se interpusieron los días 15/11/2024 y 19/11/2024, es decir, fuera del plazo legal.
- Por la naturaleza sumaria y expedita de la acción de amparo, los plazos para apelar deben interpretarse de manera restrictiva, siendo perentorios e inexorables.

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