LUCCA, PABLO RICARDO c/ ANSES s/PENSIONES
El actor promovió demanda por pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge. La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia que rechazó el reclamo al considerar que no se acreditó la dependencia económica ni la falta de culpa en la separación de hecho con la causante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Sr. Pablo Ricardo Lucca promovió demanda contra ANSES solicitando el reconocimiento del beneficio de pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge, Susana Elena Raya. La sentencia de primera instancia había rechazado la demanda, confirmando las resoluciones administrativas que denegaron el pedido. En su apelación, la abogada del actor alegó que se infringió el principio de congruencia al considerar hechos ajenos a los alegados, como su convivencia con otra persona. Sin embargo, el tribunal consideró que corresponde valorar los hechos y pruebas que surgen del expediente administrativo, aun cuando no hayan sido explícitamente alegados, en tanto resultan relevantes para determinar si corresponde o no el otorgamiento del beneficio. En ese sentido, se tuvo en cuenta que si bien Lucca y Raya estaban formalmente casados al momento del fallecimiento de esta última, los elementos probatorios indicaban que se encontraban separados de hecho desde hacía varios años, sin que el actor acreditara una dependencia económica respecto de la causante. Asimismo, se valoró que Lucca había declarado convivir con otra persona al solicitar su propia jubilación, lo que permitía presumir su responsabilidad en la separación. Por lo tanto, se consideró que no correspondía reconocer a Lucca el derecho a pensión, aun cuando formalmente continuaran casados. Finalmente, se confirmó la imposición de costas por su orden y el monto de los honorarios regulados a la abogada del actor.
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