FERNANDEZ ARAOZ, DOLORES MARIA c/ OBRA SOCIAL DE TECNICOS DE VUELO DE LINEAS AEREAS Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió demanda de amparo contra su obra social por la retención de aportes. La Cámara Federal de Salta confirmó la regulación de honorarios realizada por el juez de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Dolores María Fernández Araoz, promovió demanda de amparo contra la Obra Social de Técnicos de Vuelo de Líneas Aéreas (OSTVLA) y la Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE), requiriendo que mantengan su afiliación al mismo plan de salud con las mismas condiciones que tenía cuando estaba en actividad laboral. También pidió que la retención de aportes que realiza ANSES en su jubilación tenga como destino OSTVLA, y luego ésta derive dichos aportes a OSDE.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada y luego dictó sentencia haciendo lugar a la acción de amparo.
- La demandada OSTVLA apeló la regulación de honorarios del abogado de la actora, Federico Antonio Saravia, por un monto de 15 UMA ($ 996.540).
- La Cámara Federal de Salta confirmó la regulación de honorarios realizada por el juez de primera instancia, considerando que el monto fijado se adecuaba a las pautas del art. 16 de la Ley 27.423 y era razonable en función de la labor profesional desarrollada.
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