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Recurso Queja Nº 1 - ENERGIA ARGENTINA S.A. (ENARSA) c/ GARECA, FEDERICO JAVIER s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO

La actora ENARSA interpuso un recurso de queja cuestionando el rechazo del recurso de apelación contra la providencia que la intimaba al pago de aportes previsionales. La Cámara Federal de Salta determinó que al no haber denegación expresa del recurso de apelación, la queja no puede prosperar.

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¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Salta declaró que al no haber denegación expresa del recurso de apelación, la queja interpuesta por ENARSA no puede prosperar, sin perjuicio de que puedan volver a plantearla si luego el juez efectivamente lo deniega.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La queja constituye el remedio procesal para que el tribunal competente revise el juicio de admisibilidad efectuado por el órgano inferior y declare formalmente admisible la apelación. Sin embargo, en este caso no hubo una denegatoria expresa del recurso de apelación por parte del juez, por lo que la queja no puede prosperar.

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