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VILLEGAS, ANA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Apelaciones confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que ordenó a ANSES el reajuste del haber jubilatorio y la aplicación de la movilidad pertinente.

Movilidad Reajuste jubilatorio Ley 26 417 Isbic Indice combinado


- Actora: Ana María Villegas

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber jubilatorio y aplicación de movilidad

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó lo resuelto en primera instancia en cuanto al reajuste del haber inicial utilizando el índice ISBIC conforme la doctrina del fallo "Elliff". Sin embargo, aclaró que a partir de la ley 26.417 las remuneraciones deben actualizarse conforme al índice combinado previsto en el art. 32 de la ley 24.241. Confirmó también la correcta aplicación del sistema de movilidad vigente. Impuso las costas de alzada a la vencida. Fundamentos relevantes:
- La aplicación del precedente "Elliff" es correcta en cuanto ordena utilizar el índice ISBIC para el reajuste del haber inicial.
- Sin embargo, con la sanción de la ley 26.417, las remuneraciones deben actualizarse conforme al índice combinado previsto en el art. 32 de la ley 24.241.
- El sistema de movilidad aplicado por el a quo es correcto de acuerdo a la legislación vigente.

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