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AGOSTA, IRENE GRACIELA c/ ANSES s/PENSIONES

La actora promovió demanda contra ANSES para obtener el beneficio de pensión alimentaria por el fallecimiento de su esposo. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia que había reconocido su derecho a percibir la pensión.

Fallecimiento Impuesto a las ganancias Seguridad social Aportes previsionales Pension Decreto 460 99


¿Quién es el actor?

Irene Graciela Agosta

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener el beneficio de pensión alimentaria por el fallecimiento de su esposo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia que había reconocido el derecho de Irene Graciela Agosta a percibir la pensión. Fundamentos principales:
- El causante acreditó 16 años y 3 meses de aportes, lo que representa más del 50% de los aportes requeridos para ser considerado aportante irregular con derecho según el Decreto 460/99.
- La Corte Suprema ha propiciado una interpretación amplia del Decreto 460/99 para atender a casos donde la vida laboral se trunca por un hecho que excede la voluntad del causante.
- Negar el beneficio colocaría a la viuda en una situación de desamparo, lo cual iría en contra de los principios de la Seguridad Social.
- Respecto al pago del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, corresponde declararlo exento en virtud del artículo 20 inc. v) de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

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