GARCIA, MARIA DOLORES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda para reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia que ordenó la redeterminación del haber inicial conforme la doctrina de la CSJN en Elliff y declaró la inconstitucionalidad de la normativa que establecía el índice RIPTE.
- Actora: Maria Dolores Garcia
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber previsional
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que ordenó redeterminar el haber inicial aplicando la doctrina del fallo "Elliff" de la CSJN sobre la actualización de remuneraciones con el ISBIC. Se declara la inconstitucionalidad de la normativa que establecía el índice RIPTE para la movilidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Respecto a la redeterminación del haber inicial, se aplica correctamente la doctrina del fallo "Elliff" de la CSJN, ordenando la aplicación sin limitación temporal del ISBIC.
- En cuanto al reclamo de ANSES por sustituir el ISBIC por el índice RIPTE, se sigue la doctrina del fallo "Blanco" de la CSJN, que declaró inconstitucionales las resoluciones 56/2018 de ANSES y 1/2018 de la Secretaría de Seguridad Social que impusieron el RIPTE, por invadir facultades del Congreso.
- Se desestima el agravio de ANSES sobre la omisión de aplicar el límite de la doctrina "Villanustre", por no ser aplicable al régimen de la Ley 24.241.
- Se confirma la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 por los períodos devengados de julio a diciembre de 2017, por ser regresiva respecto de la movilidad de la Ley 26.417.
- Las costas se imponen a la vencida.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: