D INNOCENZO, JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
El actor reclamó el reajuste de sus haberes previsionales. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó parcialmente la decisión de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de la aplicación retroactiva de la ley 27.426.
Reajuste de haberes previsionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Rechazó el agravio de ANSES respecto a la exención del impuesto a las ganancias sobre la suma retroactiva, compartiendo la doctrina que considera inconstitucional dicho gravamen sobre beneficios previsionales. Asimismo, confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 sobre la aplicación retroactiva de la movilidad jubilatoria en el período de julio a diciembre de 2017, por considerarla regresiva respecto a la ley 26.417 derogada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Tiene dicho la Corte Suprema de Justicia de la Nación que: "...el procedimiento de fundamentación de la sentencia mediante la remisión a precedentes del mismo Tribunal no enerva el cumplimiento del inciso 5º de art. 163 del Código Procesal civil y comercial de la Nación, ni invalida el pronunciamiento" (Fallos 283:198, 298:354; 266:73, entre muchos otros)." "El a quo en su sentencia declara tal inconstitucionalidad sobre las movilidades de los periodos devengados de julio a diciembre del año 2017, conforme los fundamentos vertidos en esta Alzada in re FMZ 3824/2019/CA1 "Ramirez, Lilia Irene c/ ANSES s/ Ajustes Varios", en los que se concluyó que la aplicación retroactiva sobre los periodos devengados de julio a diciembre del año 2017 como lo ordena el artículo 2 de la ley 27.426 es regresiva respecto de la movilidad alcanzada por la derogada ley 26.417, en el mismo periodo, motivo por el cual corresponde declarar su inconstitucionalidad."
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