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FERRARIA, ADRIANA NORA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

La accionante promovió acción de amparo para acceder a la moratoria previsional. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que había admitido el amparo, considerando que la situación de vulnerabilidad de la actora justificaba el acceso a la moratoria, más allá de que su haber jubilatorio superara levemente el mínimo.

Vulnerabilidad Tercera edad Amparo Pension Moratoria previsional Derecho alimentario

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Adriana Nora Ferraria promovió acción de amparo contra ANSES a fin de obtener su inclusión en el régimen de moratoria previsional regulado por la Ley 27.705, a pesar de que su haber de pensión superaba levemente el mínimo garantizado. La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar al amparo. Consideró que, si bien el art. 12 de la Ley 27.705 establece que el beneficio de moratoria es incompatible con otro haber previsional que supere el mínimo, esa previsión debe interpretarse a la luz del espíritu de la norma, que es proteger a los sectores más vulnerables. En el caso, la actora se encontraba en situación de vulnerabilidad, pues su haber de pensión apenas superaba el mínimo y no alcanzaba a cubrir la canasta básica del adulto mayor. Por ello, la vía del amparo resultaba idónea para lograr la efectiva protección de su derecho, sin que la existencia de otras vías recursivas pueda obstar a su procedencia.

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