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RAMIREZ, MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Posadas confirmó la sentencia que ordenó el recálculo del haber inicial del actor aplicando el índice ISBIC, dejando sin efecto la aplicación del índice RIPTE propuesta por la ANSES.

Seguridad social Actualizacion de haberes Precedentes de la csjn Recursos previsionales Indice isbic

Reajuste de haberes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenando el recálculo del haber inicial aplicando el índice ISBIC sin limitación temporal, en línea con la doctrina de la CSJN en "Elliff". Rechazó el agravio de la ANSES sobre la aplicación del índice RIPTE. Confirmó que el análisis de eventuales descuentos confiscatorios se realizará en la etapa de liquidación. Los principales fundamentos fueron:
- La Cámara resaltó el deber de los tribunales ordinarios de conformar sus decisiones a los precedentes de la CSJN, salvo que medien motivos valederos para apartarse.
- En relación al índice de actualización, la Cámara consideró que corresponde aplicar el índice ISBIC de acuerdo a la doctrina establecida en "Elliff", "Sánchez" y "Blanco" de la CSJN, por resultar más adecuado que el RIPTE propuesto por la ANSES.
- Respecto a la PBU, se remitió al criterio de la CSJN en "Quiroga", afirmando que la eventual procedencia de su actualización debe evaluarse en la etapa de liquidación.

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