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TRIGO, MARIA ELVIRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajuste de su prestación previsional. La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que declaró inconstitucionales ciertos topes y dispuso que el retroactivo sea percibido sin descuento del impuesto a las ganancias.

Costas Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Seguridad social Movilidad Reajuste previsional


¿Quién es el actor?

María Elvira Trigo

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de reajustes a la prestación previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia, declarando inconstitucionales ciertos topes a la movilidad previsional y ordenando que el retroactivo sea percibido sin descuento del impuesto a las ganancias. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La doctrina "Villanustre" de la Corte Suprema no es aplicable al régimen de la Ley 24.241, ya que en este no existe un porcentaje fijo del haber de referencia.
- Respecto a la constitucionalidad de los topes, se difirió el tratamiento a la etapa de liquidación, para que en caso de verificarse confiscatoriedad, se declare la inconstitucionalidad.
- Sobre la exención del impuesto a las ganancias del retroactivo, se fundamentó en que no se cuestiona la constitucionalidad de la norma, sino que se dispone su no aplicación al caso concreto, para salvaguardar la integralidad del retroactivo.
- En cuanto a la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426, se revocó dado que la actora adquirió el derecho con posterioridad a ese período.
- Finalmente, se impusieron las costas a la demandada vencida, conforme a la jurisprudencia reciente de la Corte Suprema.

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