CHAVERO, DOMINGO RAUL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de normas que establecían índices de movilidad previsional.
¿Quién es el actor?
Domingo Raúl Chavero
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/16, la Resolución ANSES 56/2018 y la Resolución de la Secretaría de Seguridad Social 1/2018, por considerar que se arrogaron facultades que corresponden al Poder Legislativo. Confirmó la aplicación del índice ISBIC para la actualización del haber inicial, conforme al precedente "Elliff". Rechazó el pedido de ANSES de aplicar el índice RIPTE. También confirmó que el retroactivo esté exento del impuesto a las ganancias y que las costas se impongan a la demandada vencida.
Fundamentos principales:
- La Ley 26.417 establece que a partir de marzo de 2009 se debe aplicar el índice combinado previsto en el art. 32 de la Ley 24.241 para la actualización de remuneraciones, por lo que corresponde aplicar el ISBIC hasta esa fecha y el nuevo índice combinado a partir de entonces.
- Respecto al pedido de aplicación del índice RIPTE, la Corte Suprema en el caso "Blanco" concluyó que ANSES se arrogó una facultad que ya no poseía, por lo que corresponde mantener el ISBIC.
- La doctrina "Villanustre" sobre límites a las diferencias a abonar no es aplicable al régimen de la Ley 24.241, en el cual el haber inicial no está determinado en un porcentaje de cierto haber de referencia.
- En cuanto a la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, se considera que por su naturaleza las sumas devueltas deben estar exentas, de acuerdo a lo resuelto en precedentes de esta Cámara.
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