BARREIRO, MARIA SILVIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora solicitó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Mendoza confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando la actualización del haber inicial conforme a los precedentes Elliff y Makler.
Reajuste del haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó recalcular el haber inicial conforme a los precedentes "Elliff" y "Makler", aplicar la movilidad establecida en la Ley 26.417 a la PBU, y eximió el retroactivo del impuesto a las ganancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La actora adquirió el derecho al beneficio previsional en diciembre de 2022, por lo que le resulta aplicable la Ley 26.417 para la actualización de las remuneraciones.
- Para los aportes como autónomo, corresponde calcular el haber inicial aplicando el "principio Elliff", es decir, determinando el haber proporcional al mínimo vigente.
- Procede actualizar la PBU conforme a las movilidades legales hasta que entró en vigencia la Ley 26.417.
- No corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 dado que el beneficio se otorgó con posterioridad.
- Corresponde eximir el retroactivo del impuesto a las ganancias, siguiendo precedentes de la Cámara.
- Las costas se imponen a la demandada vencida, de conformidad con el art. 36 de la Ley 27.423.
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