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LUCERO, MIRIAM RUTH c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La actora promovió demanda por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia de primera instancia y ordenó a ANSES incluir los viáticos en el cálculo del haber inicial de la jubilación.

Costas Impuesto a las ganancias Seguridad social Viaticos Reajuste de haberes Formula de movilidad previsional


- Actora: Miriam Ruth Lucero

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por reajuste de haberes previsionales, solicitando incluir en el cálculo del haber inicial los viáticos percibidos en su empleo previo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la actora, revocando la sentencia de primera instancia. Ordenó a ANSES incluir en el cálculo del haber inicial los viáticos percibidos, ya que la normativa los considera remunerativos. Confirmó la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias y la imposición de costas a la demandada. Fundamentos relevantes:
- Los viáticos son considerados remuneración de acuerdo al art. 106 de la LCT y art. 6 de la Ley 24.241, salvo la parte efectivamente gastada y acreditada.
- El formulario PS.6.2 presentado por la actora acredita la percepción habitual y regular de viáticos, siendo válido al estar firmado por personal autorizado de su empleador.
- No corresponde aplicar el índice ISBIC, sino el índice combinado previsto en el art. 32 de la Ley 24.241, según lo dispuesto por la Ley 26.417.
- Procede eximir el retroactivo del impuesto a las ganancias, siguiendo precedentes jurisprudenciales.
- Se imponen las costas a la demandada vencida, de conformidad con el fallo de la CSJN en "Morales".

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