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MELIAN, HORACIO OSVALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de normas que imponen un índice de actualización distinto al ISBIC.

Costas Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Seguridad social Haber previsional Retroactivo Ripte Isbic


¿Quién es el actor?

Melan Horacio Osvaldo

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a ANSES recalcular el haber inicial y movilidad conforme al índice ISBIC, sin limitar la movilidad. Se declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSES y la Secretaría de Seguridad Social que impusieron el índice RIPTE. Se confirmó la exención del retroactivo al impuesto a las ganancias y la imposición de costas a la demandada vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara ratificó la aplicación del índice ISBIC para el cálculo del haber inicial, de conformidad con el precedente "Elliff" de la CSJN, por considerar que la facultad de fijar el índice de actualización es atribución exclusiva del Congreso.
- Desestimó el planteo de aplicar el límite de la doctrina "Villanustre", por no ser aplicable al régimen de la Ley 24.241.
- Confirmó la declaración de inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSES y la Secretaría de Seguridad Social que impusieron el índice RIPTE, en línea con el fallo "Blanco" de la CSJN.
- Ratificó la exención del retroactivo al impuesto a las ganancias y la imposición de costas a la demandada vencida.

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